La reforma aprobada por los diputados, en la sesión plenaria de esta semana, al Código Tributario permitirá simplificar y maximizar la aplicación de los documentos tributarios, tanto físicos como electrónicos, respecto a la obligación de exigir la identificación de los adquirentes o usuarios de contribuyentes del IVA.
Es decir, que los negocios no podrán exigir identificación, ya sea DUI, pasaporte, carné de residencia o número de registro fiscal en compras menores o iguales a $25,000.
Solo será necesario si la compra excede el monto o si desea factura para documentar la transacción o cuando sea un gasto deducible en el ejercicio fiscal.
Los establecimientos que incumplan esta medida se les asignará una multa equivalente al 30 % del monto de la operación por cada documento, la que no podrá ser inferior a dos salarios mínimos mensuales.