La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia de la Asamblea Legislativa aprobó emitir un dictamen favorable a la reforma al artículo 147-E del Código Penal para sancionar la conducción peligrosa por conducir habiendo consumido bebidas embriagantes.
También dio el visto bueno a la reforma al artículo 38 del Código Procesal Penal para que la acción penal no se extinga en los casos de homicidios culposos generados por la conducción peligrosa aun cuando haya una conciliación.
Según las autoridades del Gobierno, esto tiene como fin establecer un proceso penal que garantice una justicia restaurativa a favor de las víctimas y sus familiares ante la comisión de homicidio culposo por el delito de conducción peligrosa.
Además, las reformas plantean elevar de dos a cinco años de cárcel la conducción peligrosa, para quienes infrinjan la ley al conducir vehículos livianos. En el caso del transporte colectivo o de carga, el incremento es de cinco a 10 años.
Se espera que los dictámenes pasen al pleno este viernes durante el desarrollo de la sesión plenaria.